El pasado domingo se publicó en el BOE el RDL 11-2022 aprobando diversas medidas para responder a las consecuencias de la guerra en Ucrania y para la recuperación de la isla de La Palma.

Son muchas medidas, y no todas tributarias. Las más relevantes desde este punto de vista son:

  • Se rebaja el tipo reducido actual del IVA del 10 por 100 de la factura eléctrica, fijado transitoriamente hasta el 30 de junio, al 5 por 100, con efectos desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2022. Recordamos que este tipo especial solo se aplica a los contratos cuya potencia no supere los 10 kW y para los suministros efectuados a favor de los titulares del bono social.

Afectará a las familias (no todas) y a las empresas más pequeñas, pero en este caso casi siempre será un espejismo, porque el IVA, sea al 10% o al 5%, es deducible. Solo supondrá un ahorro para actividades exentas de IVA, como las consultas médicas con potencia contratada inferior a los 10 kW.

  • Se prorroga la reducción del tipo del Impuesto Especial sobre la Electricidad, al 0,5 por 100, y la suspensión temporal del Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica, en ambos casos hasta el 31 de diciembre de 2022.
  • También se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022, la aplicación del tipo del 4 por 100 del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de las mascarillas quirúrgicas desechables

No se prorroga en cambio el tipo del 0% para productos relacionados con el COVID, no sabemos si por olvido o porque se considera que ya no es necesario.