En ECA 1966, S.L.P. queremos mostrar a nuestros clientes, proveedores, organismos de control y terceros en general, nuestro compromiso de actuación profesional en el desarrollo de nuestros servicios profesionales atendiendo al principio de ética profesional y al cumplimiento de las disposiciones normativas.
Por ello y atendiendo a las exigencias de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, hemos puesto a su disposición un canal para plantear denuncias y consultas sobre cuestiones éticas denominado Canal de Denuncias, operado internamente por ECA 1966, S.L.P.
El Canal de Denuncias facilita la comunicación de posibles conductas constitutivas de infracción, irregulares y/o inadecuadas.
El Canal de Denuncias podrá ser utilizado por todos profesionales de la Firma ECA 1966, S.L.P., así como clientes, proveedores, organismos de control y terceros en general que mantengan o hayan mantenido una relación profesional con ECA 1966, S.L.P.
El Canal de Denuncias garantiza la confidencialidad y el anonimato a los informantes que deseen utilizar este medio de comunicación de información y debe utilizarse para informaciones que guarden relación con los siguientes asuntos:
- Controles internos
- Irregularidades financieras
- Irregularidades contables
- Infracciones de la normativa de productos y mercados financieros
- Infracciones de la normativa de protección del Medio Ambiente
- Seguridad de datos y privacidad
- Infracciones de los procedimientos y normativa relacionada con la Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo
- Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracciones del Derecho de la Unión Europea, del Derecho Penal español y/o constitutivas de infracción administrativa grave o muy grave en España (en aplicación de los criterios del artículo 2 de la Ley 2/2023)
Comunicación de informaciones. Canal de Denuncias
ECA 1966, S.L.P. configura el Canal de Denuncias a través del formulario del canal de denuncias.
Ir al formulario del Canal de Denuncias
A esta vía le resulta de aplicación la Política de Privacidad del canal de denuncias y que el informante reconoce haber leído y entendido al comunicar la información.
Gestión de las informaciones
Una vez recibida la comunicación, ECA 1966, S.L.P. acusará recibo de la misma en el plazo de siete (7) días desde la recepción y el Responsable del sistema interno de información revisará su contenido y determinará las acciones oportunas a emprender, pudiendo solicitar información adicional, si así se entiende conveniente, a través de los datos de contacto que el informante facilite.
El informante tendrá derecho a hacer un seguimiento del asunto, su desarrollo y conclusión, sobre la cual el Comité dispondrá de un plazo de tres (3) meses a contar desde el acuse de recibo de tal comunicación para pronunciarse.
Garantías y confidencialidad
ECA 1966, S.L.P. garantiza la confidencialidad y el anonimato de los informantes que deseen utilizar el Canal de Denuncias. Igualmente, garantiza que ninguno de los informantes se verá perjudicado de modo alguno por haber cursado la comunicación tanto si se concluye la demostración de la infracción comunicada como si no.
Ver la Política de Privacidad del Canal de Denuncias