Hace unos días se puso en marcha el Proyecto de Ley de Presupuestos para 2021. Parece que este año vamos a dejar descansar a Montoro, al que nadie le pagó unos presupuestos que se pudieran utilizar 3 años, y vamos a pasar a los presupuestos de Montero, que debe ser la única Ministra de Hacienda de la historia que se ha permitido serlo sin tener presupuesto propio.

Y como empieza a ser costumbre, en cada modificación normativa hay una subida de impuestos. En este caso las principales subidas previstas son:

  1. En IRPF:
    • Se incrementa en dos puntos la tarifa de la base general para las rentas más altas (a partir de 300.000 euros). Afecta a sueldos, a rendimientos de actividad económica y a rendimientos inmobiliarios, entre otros.
    • En la base del ahorro se incrementa en tres puntos la tarifa para bases superiores a 200.000 euros. Afectará a dividendos y ganancias patrimoniales, entre otros.

Además se prorrogan los límites de módulos.

2. En Impuesto de Sociedades:

    • La exención del 100% para los dividendos entre empresas cuando se ha mantenido una participación superior al 5% durante más de un año pasa a ser del 95%. Está previsto un régimen transitorio, pero parece que solo afectará a filiales constituidas a partir de enero de 2021, es decir, que será poco operativo.
    • La exención del 100% para dividendos de filiales en las que la participación es inferior al 5% pero supera los 20 millones de euros. También está previsto un régimen transitorio, pero en este caso será todavía de menos utilidad para nosotros.

También se modifica el cálculo la limitación a la deducción de gastos financieros, pero solo afecta a empresas con gasto financiero superior a 1.000.000 y la modificación es muy específica.

3. En Impuesto sobre el Patrimonio:

    • Después de 31 años deja de ser un impuesto “extraordinario” cuya vigencia debe ser renovada cada año a ser un impuesto “normal”. Se lo merece.
    • Y como no podía ser de otra forma, se incrementa la tributación de los patrimonios más altos, los superiores a 10.695.996,06 euros, que pasan a tributar al 3,5%, en vez del 2,5% que les era aplicable hasta ahora.

4. En IVA lo más destacado es que las bebidas azucaradas pasan a tributar al 21%, en lugar del 10% aplicable hoy.

Se regulan además las actividades de mecenazgo, se mantiene el tipo de interés legal (3%) y el de demora (3,75%) y se incluyen modificaciones en otros impuestos como el de electricidad, el de actividades económicas, etc.

Estaremos atentos a las modificaciones que se vayan aprobando durante la tramitación parlamentaria.