Hoy 29 de junio se ha publicado en el BOE el Real Decreto Ley 5/2023, que incluye distintas medidas fiscales.
Por un lado se prorrogan hasta el 31 de diciembre de 2023 los siguientes tipos de gravamen:
El tipo de gravamen del 0 por 100 que desde hace unos meses afecta a los siguientes productos:
-
- El pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común.
- Las harinas panificables.
- Los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
- Los quesos.
- Los huevos.
- Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo
El tipo de gravamen del 5 por 100 para los aceites de oliva y de semillas y las pastas alimenticias
Se advierte que estos tipos serán del 4 y 10 por 100, respectivamente, a partir del 1 de noviembre de 2023, en el caso de que la tasa interanual de la inflación subyacente del mes de septiembre, publicada en octubre, sea inferior al 5,5 por 100. En este caso, los tipos del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones serán el 0,5 y 1,4 por 100, respectivamente.
Por otro, se establece una deducción en IRPF del 15 por 100, con una base máxima de 20.000€, del valor de adquisición de un vehículo eléctrico “enchufable” nuevo y no afecto a actividades económicas.
Finalmente, en Impuesto de Sociedades podrán amortizarse, en función del coeficiente que resulte de multiplicar por 2 el coeficiente de amortización lineal máximo previsto en las tablas de amortización oficialmente aprobadas, las inversiones en nuevas infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos, de potencia normal o de alta potenciaafectas a actividades económicas, y que entren en funcionamiento en los períodos impositivos que se inicien en los años 2023, 2024 y 2025.
Buenas noticias, sobre todo en lo que respecto a las medidas en IRPF e Impuesto de Sociedades. Sobre la bondad de la reducción de tipos en IVA no está tan clara la conclusión, ya que da la sensación de que los precios han absorbido esa rebaja y cuando esta medida transitoria desaparezca se producirá un súbito incremento de precios para el consumidor.
Doctores tiene la iglesia.
Comentarios recientes