Ya tenemos Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022 y, tras mucho ruido, pocas nueces en lo que respecta a normativa tributaria, y además las pocas nueces que trae están rancias.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
• Reducción de la aportación máxima a planes de pensiones individuales, que pasa a ser de 1.500 euros (2.000 euros en 2021). En planes de pensiones de empresa, será posible aportar hasta 10.000 euros (sin que la suma de aportaciones a planes individuales y de empresa pueda superar los 10.000 euros). La aportación máxima al plan de pensiones del cónyuge se mantiene en 1.000 euros anuales.
Prórroga de los límites de módulos en IRPF, en régimen simplificado de IVA y régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.

Impuesto de Sociedades
Cuota líquida mínima del 15% de la base imponible para empresas con cifra de negocio superior a 20 millones de euros, lo que supone en la práctica una limitación a las deducciones aplicables en cuota.
• Se reduce la bonificación en cuota del régimen especial de arrendamiento de viviendas, que pasa del 85% al 40%. No conozco a nadie que lo aplique.

Impuesto sobre el Valor Añadido:
La anteriormente reseñada prórroga de los límites de Módulos.

Interés legal del dinero:
Sigue siendo el 3%.

Interés de demora:
Sigue en el 3,75%.

Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM):
Cuantías para el año 2022:
• Diario: 19,30 euros.
• Mensual: 579,02 euros.
• Anual: 8.106,28 euros o 6.948,24 euros, si expresamente se excluyen las pagas extras.

Lo dicho, este año no tenemos que estudiar mucho, lo que no deja de ser una buena noticia.