Ya tenemos Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022 y, tras mucho ruido, pocas nueces en lo que respecta a normativa tributaria, y además las pocas nueces que trae están rancias.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
• Reducción de la aportación máxima a planes de pensiones individuales, que pasa a ser de 1.500 euros (2.000 euros en 2021). En planes de pensiones de empresa, será posible aportar hasta 10.000 euros (sin que la suma de aportaciones a planes individuales y de empresa pueda superar los 10.000 euros). La aportación máxima al plan de pensiones del cónyuge se mantiene en 1.000 euros anuales.
• Prórroga de los límites de módulos en IRPF, en régimen simplificado de IVA y régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.
Impuesto de Sociedades
• Cuota líquida mínima del 15% de la base imponible para empresas con cifra de negocio superior a 20 millones de euros, lo que supone en la práctica una limitación a las deducciones aplicables en cuota.
• Se reduce la bonificación en cuota del régimen especial de arrendamiento de viviendas, que pasa del 85% al 40%. No conozco a nadie que lo aplique.
Impuesto sobre el Valor Añadido:
La anteriormente reseñada prórroga de los límites de Módulos.
Interés legal del dinero:
Sigue siendo el 3%.
Interés de demora:
Sigue en el 3,75%.
Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM):
Cuantías para el año 2022:
• Diario: 19,30 euros.
• Mensual: 579,02 euros.
• Anual: 8.106,28 euros o 6.948,24 euros, si expresamente se excluyen las pagas extras.
Lo dicho, este año no tenemos que estudiar mucho, lo que no deja de ser una buena noticia.
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