Las buenas noticias en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que afectarán a un porcentaje muy reducido de la población, se han acompañado de una nueva tarifa en el tramo autonómico del IRPF, que no podemos calificar como buena o mala noticia porque dependerá del tramo de renta en el que nos movamos.

Lo que sí esta claro es que no ha habido alivio generalizado para compensar el efecto pernicioso de la inflación. Así la nueva tarifa reduce el tipo impositivo para los tramos más bajos de renta y la incrementa para los más altos, quedando como sigue:

 

Base liquidable
Hasta €
Cuota íntegra € Resto base liquidable
Hasta €
Tipo aplicable %
0 0 12.450,00 9,50
12.450,00 1.182,75 7.750,00 12,00
20.200,00 2.112,75 15.000,00 15,00
35.200,00 4.362,75 14.800,00 18,50
50.000,00 7.100,75 10.000,00 20,50
60.000,00 9.150,75 20.000,00 23,00
80.000,00 13.750,75 10.000,00 24,00
90.000,00 16.150,75 40.000,00 25,00
130.000,00 26.150,75 En adelante 25,50

 

A estos importes hay que sumarles los de la parte estatal de la tarifa de forma que el tipo impositivo podría llegar hasta el 50% para contribuyentes con rentas superiores a 300.000 euros, o al 47,50% para contribuyentes con rentas superiores 130.000 euros.

En los tramos intermedios se mantienen los tramos de la normativa estatal y como hemos dicho antes en los tramos de renta más baja se reduce la tarifa. Es únicamente a estos contribuyentes a los que se les ha aplicado un factor corrector en función de la inflación.

 

Habrá que trabajar con ello.