En un anuncio de principios de los años 90 un grupo de amigo jugaban al Scattergories, un juego que consistía en, una vez elegida una letra (elegida por un dado de 20 caras), había que escribir palabras de las distintas categorías que imponía cada tarjeta del juego (ciudades, deportes… y animales de compañía, por ejemplo).

Empieza el anuncio con el propietario abandonando la partida y con el resto de jugadores pidiéndole que vuelva.

  • Aceptamos barco… dice el jugador
  • ¿como animal acuático?, pregunta el dueño.

Más adelante, en la categoría de “animal de compañía” el propietario propone “pulpo” y el resto de jugadores, ante la posibilidad de que vuelva a abandonar el juego, lo aceptan. Es el problema de jugar con un dueño del juego que no sabe perder y que se ha acostumbrado a hacer trampas.

Si queréis ver el anuncio completo pinchad en este enlace: https://youtu.be/_HPa0DPBe3I

Hace unas semanas nos hacíamos eco de una Sentencia del Tribunal Supremo que limitaba las facultades de la Agencia Tributaria para iniciar los procedimientos de inspección con una entrada domiciliaria. En concreto los límites que imponían eran, por un lado, que la inspección fuera previamente comunicada al contribuyente (evidentemente ese límite elimina cualquier utilidad práctica de la entrada domiciliaria) y por otro, que la entrada debería estar fundamentada, y no solo por una comparación con ratios del sector.

La reacción de la AEAT no se ha hecho esperar, ha cogido su Scattergories y ha pedido al Gobierno una modificación legal que ampare las entradas domiciliarias tal y como se venían haciendo.

En mi opinión el requisito de que la inspección esté notificada previamente es inadmisible, porque efectivamente la entrada domiciliaria posterior perdería todo su contenido, pero, como casi siempre, en la solución de ese problema van a “colar” la posibilidad de que las entradas domiciliarias se justifiquen con una comparativa del sector.

En este sentido hemos tenido la oportunidad de ver en procedimientos anteriores que en ocasiones esa argumentación es torticera y está manipulada, y que el juzgado que tiene que ratificarla se limita a reproducir la argumentación de la AEAT (supongo que oponerse a las pretensiones de la AEAT de tu propia ciudad no debe ser fácil, todos somos humanos), con lo que te encuentras con una citación a inspección de 4 años, con la empresa patas arriba como consecuencia de la entrada domiciliaria, con un impacto reputacional significativo, y pasando una inspección por conceptos que poco o nada tienen que ver con la entrada domiciliaria. Y claro, después de una entrada domiciliaria la inspección no puede salir a cero.

Evidentemente en otras muchas ocasiones la entrada domiciliaria se demuestra justificada. En esos casos solo queda asumir las consecuencias de los actos propios.

Veremos que en qué queda este proceso, pero mientras tanto habrá que ver cómo reacciona el dueño del Scattergories.