El pasado 30 de junio se aprobó la Ley 12/2022 de regulación para el impulso de los planes de pensiones de empleo. Como sabéis la deducción en IRPF por las aportaciones personales se han visto reducidas drásticamente desde 2021, y para poder alcanzar las cifras anteriores a 2020 es necesario hacerlo a través de un plan de empresa. Sin embargo estos planes de empresa no han tenido aceptación, quizá por falta de difusión entre empresarios y trabajadores, quizá por falta de estímulo para los primeros.

Como medida de estímulo para las empresas, la disposición final quinta de esta nueva ley modifica la Ley de Regulación de los Planes y Pensiones y la Ley de Impuesto de Sociedades, todo ello desde el 2 de julio de 2022, añadiendo un nuevo artículo 38 ter, y regulando una deducción en la cuota íntegra de las contribuciones empresariales imputadas a favor de trabajadores con retribuciones brutas inferiores a 27.000 euros. Cuando el trabajador tenga una retribución superior a esos 27.000 euros la deducción se aplicará sobre la parte proporcional de las contribuciones que correspondan a ese importe.

Esta deducción será aplicable en los ejercicios iniciados a partir de 2 de julio de 2022, es decir, en la mayor parte de los casos en el ejercicio 2023 (no han podido evitar ser cicateros en el último segundo), pero es una medida que puede ser acertada y fomentar una forma de retribución interesante para ambas partes en empresas medianas y pequeñas.