Esto es un no parar, y no es sencillo diferenciar la noticia del rumor. En este caso hablamos de noticia, y es que hoy 19 de octubre se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 18/2022 por el que se aprueban medidas de refuerzo de la protección de los consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo de gas natural en aplicación del «Plan + seguridad para tu energía (+SE)», así como medidas en materia de retribuciones del personal al servicio del sector público y de protección de las personas trabajadoras agrarias eventuales afectadas por la sequía.

Y, cómo no, esta norma incorpora medidas tributarias.

En Impuesto sobre Sociedades se regula la libertad de amortización para inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables y que entren en funcionamiento en 2023, siempre y cuando haya un mantenimiento de plantilla. No se pueden acoger las inversiones en edificios. Esta medida no entra en vigor en 2022, por lo que puede ser interesante retrasar la finalización de estas inversiones para poder aplicar el beneficio fiscal.

 En el Impuesto sobre la Renta, se prorroga un año más la aplicación de la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de las viviendas, bien para reducir la demanda de calefacción y refrigeración, bien para reducir el consumo de energía eléctrica no renovable o para mejorar la calificación energética del edificio.

Son buenas noticias, pero no tiene mucho sentido restringir el ámbito temporal, porque la estrategia de mejorar la eficiencia energética y promover las energías renovables va a ser mucho más duradera. En todo caso esperamos que estas medidas consigan su objetivo.