En nuestro boletín del mes de octubre adelantábamos el impacto que la Ley 18/2022 de creación y crecimiento de empresas iba a tener en la operativa diaria de la mayor parte de las empresas, sobre todo por la obligación de implantar la factura electrónica en todas las operaciones entre empresas, sea cual sea el tamaño de estas.
Además de esta modificación, que sin duda generará muchos trastornos en un primer momento pero que a medio plazo supondrá una simplificación de las labores de contabilidad (la contabilización de muchas de estas facturas será automática) la citada norma ha traído otras medidas que sin duda nos harán la vida más fácil. O no.
Lo más significativo son las medidas de lucha contra la morosidad (morosidad de las empresas, no del sector público, claro), que básicamente consisten en:
- Creación de un Observatorio Estatal de la Morosidad Privada, encargado del seguimiento de la evolución de los datos de pago y la promoción de buenas prácticas.
Más valdría que dedicaran ese dinero a pagar antes las deudas del sector público.
- Publicación de un listado anual de empresas morosas, entendiendo como tales las empresas que no paguen en plazo un porcentaje superior al 5% de sus facturas, siempre y cuando importe total de las facturas impagadas (pagadas con retraso) supere los 600.000 euros.
Más valdría que lo aplicaran en el sector público.
- Incorpora incentivos para el cumplimiento de los plazos de pago tanto por su configuración como criterio de acceso a subvenciones públicas, como por el refuerzo de la normativa de contratación pública para garantizar que los adjudicatarios abonen en tiempo el precio pactado con los subcontratistas.
Las empresas con facturas pendientes de pago con vencimiento anterior a 2 meses no podrán cobrar ayudas públicas superiores a 30.000 euros.
Aquí aparece el hámster: como la empresa tiene dificultades no puede pagar a sus proveedores pide una ayuda pública, pero no cobra la ayuda pública porque está en dificultades.
Ya pasó con las ayudas COVID, que solo estaban destinadas a empresas que ganaban dinero, que no estaban en concurso, etc.
Luego se sorprendieron porque los fondos destinados a esas ayudas no se consumieron.
- Todas las empresas tendrán obligación de incorporar información sobre el periodo medio de pago en sus cuentas anuales, sea cual sea el tamaño.
Y, claro, todas las empresas, particularmente las no auditadas, van a decir la verdad, a ver si hay suerte y les meten en la lista de morosos o les impiden cobrar una subvención.
En definitiva, buenismo en estado puro y titulares amables con difícil implantación en la práctica. Ojalá me equivoque.
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